La edad ordinaria de jubilación en España experimenta un nuevo escalón en su transición hacia los 67 años, según lo previsto en la Ley 27/2021 de reforma del sistema de pensiones. Desde este 1 de enero de 2026, los trabajadores que no cumplan con un determinado periodo de cotización deberán retrasar su retiro hasta los 66 años y 10 meses, frente a los 65 años para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotizaciones a la Seguridad Social a lo largo de su vida laboral.
Este ajuste forma parte de la actualización progresiva establecida por la reforma, que responde a los desafíos demográficos y financieros que plantea el envejecimiento de la población y el creciente desequilibrio entre cotizantes y pensionistas. La medida aplica un enfoque dual: una edad legal ampliada para la mayoría de los trabajadores y una alternativa más temprana para quienes han desarrollado carreras largas y estables.
| Año | Períodos cotizados | Edad jubilación |
|---|---|---|
| 2025 (actualmente) | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
| 2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
| A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |
Evolución gradual hacia los 67 años
La reforma de 2013 sentó las bases de este periodo transitorio, con incrementos programados hasta que, en 2027, la edad ordinaria de jubilación alcanzará 67 años para quienes no cumplan con 38 años y 6 meses de cotización. Para quienes sí consigan ese umbral, la jubilación podrá mantenerse a los 65 años.

Este mecanismo mantiene la edad de 65 como una referencia, pero condicionada al tiempo de cotización, una decisión legislativa diseñada para equilibrar la sostenibilidad del sistema con la justicia intergeneracional.
| Año de nacimiento | Fecha de jubilación (con 38 años y seis meses o más cotizados) | Fecha de jubilación (con menos de 38 años y seis meses cotizados) |
|---|---|---|
| 1959 | 2024 | 2026 |
| 1960 | 2025 | 2027 |
| 1961 | 2026 | 2028 |
| 1962 | 2027 | 2029 |
| 1963 | 2028 | 2030 |
| 1964 | 2029 | 2031 |
| 1965 | 2030 | 2032 |
| 1966 | 2031 | 2033 |
| 1967 | 2032 | 2034 |
| 1968 | 2033 | 2035 |
| 1969 | 2034 | 2036 |
| 1970 | 2035 | 2037 |
Implicaciones para los trabajadores
El ajuste de la edad de jubilación no solo afecta al momento en que se accede a la pensión contributiva, sino también a otros formatos de retiro: jubilación anticipada voluntaria e involuntaria, donde los requisitos de edad y cotizaciones también variarán, con posibles penalizaciones sobre la cuantía de la pensión si se opta por un retiro adelantado sin cumplir los mínimos establecidos.
Además, la Seguridad Social ha introducido cambios adicionales en el cálculo de las pensiones contributivas a partir de este año, incluyendo un sistema dual que permite tomar como base reguladora un periodo más amplio de cotización (hasta 29 años), lo que puede influir en el importe final que percibirán los futuros pensionistas.
Contexto socioeconómico
Esta modificación se produce en un contexto en el que España, al igual que otros países europeos, enfrenta la presión de sistemas de pensiones cada vez más tensionados por el envejecimiento poblacional y el descenso continuado de la natalidad. Expertos internacionales coinciden en que las reformas encaminadas a retrasar la edad de jubilación son piezas clave para mantener la viabilidad del modelo de reparto, aunque no están exentas de debate público y político.
